Ciudad autónoma de Bs. As., 2 de febrero 2026
…………………..
S/D
Nos dirigimos a Ud. para llamar su atención sobre dos artículos incluidos en el proyecto de “Ley de Modernización Laboral” que esconden una amenaza directa y letal contra la industria audiovisual argentina, una materia que nada tiene que ver con el objeto de la ley.
Se trata de los artículos 210 y 211, según la numeración del Dictamen de las Comisiones de Trabajo y Previsión y de Presupuesto y Hacienda que será tratado en el Recinto en los próximos días.
Artículo 210 (antes 195): El desfinanciamiento del cine argentino.
Este artículo ataca institutos fundamentales de la Ley de Cine (17.741), desfinanciando el Fondo de Fomento Cinematográfico que se nutre actualmente del 10% sobre el valor de cada entrada de cine y del 25% del canon que abonan los licenciatarios de televisión por la explotación del espacio radioeléctrico nacional.
La eliminación de esos recursos hará que el INCAA pierda su autonomía financiera, quedando sujeto a los recursos que discrecionalmente le asigne cada gobierno a través de las Leyes de Presupuesto de cada año.
Dado que, por lo general, la producción de una obra audiovisual requiere una planificación financiera de varios años, sería imposible el desarrollo de esta industria sin tener una previsión a largo plazo de los fondos de fomento, quedando expuestos a la arbitrariedad del Poder Ejecutivo de turno.
Artículo 211 (antes 196): La discriminación al Cine Nacional.
En consonancia con el anterior, este artículo propone derogar los incisos a) y c) del artículo 97 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (26.522), que establecen la asignación específica al INCAA y a RTA (TV Pública y Radio Nacional) de una parte de los recursos que provienen del gravamen que pagan los canales de TV por el uso del espacio radioeléctrico Nacional.
Sin embargo, curiosamente, mantiene intacta la vigencia de los otros incisos del mismo artículo, que disponen la asignación específica del mismo impuesto al Instituto Nacional del Teatro (INT), al Instituto Nacional de la Música (INAMU), y al FOMECA (radios y medios comunitarios).
Esta contradicción deja en evidencia que el objetivo de la norma no es ni siquiera fiscal, sino desfinanciar al INCAA, a la TV Pública y a Radio Nacional.
En efecto, no se elimina el impuesto, ni siquiera se eliminan todas las asignaciones específicas de ese impuesto; sólo se desfinancia al INCAA y a la TV Pública y Radio Nacional.
CONSECUENCIAS CONCRETAS.
No se trata solo de Cultura; se trata de industria.
Pérdida masiva de empleo registrado.
Cientos de miles de puestos de trabajo anuales podrían desaparecer en toda la cadena de valor: trabajadores del sector audiovisual y proveedores de bienes y servicios.
La mano de obra audiovisual que se pierde no se recupera fácilmente: es una fuerza de trabajo especializada que se forma en la práctica, en los rodajes y en la continuidad del trabajo.
Retroceso federal.
Las Provincias Argentinas que sostienen políticas públicas para impulsar el desarrollo de la industria audiovisual local, por el impacto económico que generan en inversión privada y creación de empleo local, verían frustrados sus esfuerzos. La falta de complementación de esas políticas desde el INCAA las hará inviables.
Además, se afectaría el desarrollo turístico que las producciones audiovisuales promueven.
Pérdida de mercados internacionales.
No habrá presencia de nuevas películas argentinas en los festivales internacionales más prestigiosos del mundo, donde tanto reconocimiento han conseguido, impulsando la apertura de mercados internacionales para nuestras producciones.
Dependencia.
La producción audiovisual nacional quedaría exclusivamente en manos del financiamiento de las grandes plataformas de streaming extranjeras.
Daños económicos.
Según estudios del propio INCAA, por cada peso que se deja de invertir en el Fondo de Fomento, la economía argentina pierde $ 5,4 en Valor Bruto de Producción.
El fomento del Cine Nacional no es un gasto; es una inversión que genera riqueza, trabajo e identidad.
- multiplica entre 1,7 y 2,4 veces la inversión inicial;
- genera miles de puestos de trabajo directos e indirectos;
- dinamiza sectores como hotelería, gastronomía, transporte y turismo;
- exporta servicios y atrae divisas.
El fomento del Cine Nacional no es un gasto; es una inversión que genera riqueza, trabajo e identidad.
Por todo ello solicitamos respetuosamente que se retiren del proyecto de ley a ser tratado en el Recinto, los artículos 210 y 211, que nada tienen que ver con la legislación laboral que el proyecto propone modernizar.
Defender el Fondo de Fomento es defender el trabajo argentino, la identidad nacional y el desarrollo económico.
Desde ya, agradecidos por su atención, saludamos muy atentamente.
P/ Consejo Ejecutivo EAN
Carlos Jaureguialzo
Coordinador General EAN
EAN – Espacio Audiovisual Nacional
El EAN es un espacio colectivo que reúne a las principales organizaciones de la industria audiovisual argentina, incluyendo asociaciones de directores, guionistas, productores independientes, documentalistas y distribuidores cinematográficos. Su objetivo es promover políticas públicas que fortalezcan la producción nacional.
APIMA – Asociación de Productores/as Independientes de Medios Audiovisuales
ARGENTORES – Sociedad General de Autores/as de Argentina
CADICINE – Cámara Argentina de Distribuidores Independientes Cinematográficos
CAIC – Cámara Argentina de la Industria Cinematográfica
CAPPA – Cámara Argentina de Productoras Pymes Audiovisuales
CDC – Colectivo de Cineastas
DAC – Asociación General de Directores/as Autores/as Cinematográficos y Audiovisuales
PCI – Proyecto Cine Independiente
RDI – Realizadores Integrales de Cine Documental




